Recibir un mensaje amenazante por WhatsApp, Instagram, redes sociales o cualquier otro medio de comunicación puede generar dudas sobre si realmente constituye un delito y qué puedes hacer ante esa situación.
Del mismo modo, una persona que ha enviado un mensaje durante una discusión puede encontrarse posteriormente con una denuncia por amenazas.
La respuesta depende del contenido del mensaje, el contexto, la gravedad del mal anunciado y las circunstancias concretas del caso.
¿Cuándo una amenaza es delito?
El Código Penal regula diferentes modalidades de amenazas. Entre ellas se encuentran las amenazas consistentes en anunciar a otra persona un mal que constituya determinados delitos.
El artículo 169 contempla, entre otros supuestos, amenazas en las que se exige una cantidad o se impone una condición, así como amenazas no condicionales. Las penas varían según las circunstancias.
Por tanto, no cualquier expresión desagradable, insulto o discusión puede calificarse automáticamente como delito de amenazas.
Es necesario analizar el contenido y el contexto en el que se produjo la comunicación.
¿Una amenaza por WhatsApp puede ser delito?
Sí. El hecho de que una amenaza se realice mediante WhatsApp no impide que pueda tener relevancia penal.
El medio utilizado puede ser precisamente una de las circunstancias que deban valorarse. El artículo 169 contempla expresamente que determinadas amenazas realizadas por escrito, por teléfono o mediante cualquier medio de comunicación pueden recibir un tratamiento específico.
Por eso, un mensaje de WhatsApp puede formar parte de las pruebas de un procedimiento por amenazas.
Pero es necesario estudiar qué se dijo exactamente y en qué contexto.
¿Qué mensajes pueden considerarse amenazas?
No existe una frase concreta que automáticamente convierta un mensaje en delito.
Para valorar jurídicamente una comunicación pueden ser relevantes aspectos como:
- El contenido exacto del mensaje.
- El mal que se anuncia.
- La gravedad de lo amenazado.
- Si existe una condición o exigencia.
- La relación entre las personas implicadas.
- El contexto de la conversación.
- La reiteración de los mensajes.
- Las circunstancias anteriores y posteriores.
Por eso, guardar el mensaje completo y no únicamente una parte de la conversación puede resultar importante.
¿Las amenazas por Instagram o redes sociales también pueden ser delito?
Sí.
Una amenaza publicada en una red social o enviada mediante mensaje privado puede tener relevancia penal igual que una amenaza realizada mediante otros medios.
Lo importante no es únicamente la plataforma utilizada, sino el contenido de la comunicación y las circunstancias en las que se realizó.
Las capturas de pantalla pueden ser útiles, pero conviene conservar también la conversación completa y cualquier otro elemento que permita acreditar el contexto.
¿Qué pruebas sirven para demostrar una amenaza?
Dependiendo del caso, pueden utilizarse diferentes elementos probatorios:
- Conversaciones de WhatsApp.
- Mensajes SMS.
- Correos electrónicos.
- Mensajes privados de redes sociales.
- Publicaciones.
- Grabaciones.
- Testimonios.
- Documentación relacionada con el conflicto.
- Otros elementos que permitan acreditar el contexto.
La fuerza de cada prueba dependerá de las circunstancias concretas y de cómo pueda acreditarse su autenticidad e integridad.
¿Puedo denunciar una amenaza aunque no haya testigos?
La ausencia de testigos no significa necesariamente que no pueda denunciarse una amenaza.
En comunicaciones realizadas mediante WhatsApp, SMS, correo electrónico o redes sociales puede existir otro tipo de evidencia documental o digital.
Si has recibido amenazas, es recomendable conservar las conversaciones originales y evitar borrar mensajes que puedan resultar relevantes.
También puede ser importante no modificar las conversaciones antes de que sean revisadas por un profesional.
¿Qué pasa si te han denunciado por amenazas?
Si eres la persona denunciada, lo primero es conocer exactamente qué hechos se te atribuyen.
Una discusión, un mensaje aislado o una expresión realizada en un contexto determinado deben analizarse atendiendo a todas las circunstancias.
Un abogado penalista puede estudiar:
- La denuncia.
- Los mensajes aportados.
- La conversación completa.
- Las declaraciones.
- La relación entre las personas implicadas.
- El contexto de los hechos.
- Las demás pruebas existentes.
A partir de ese análisis puede determinarse la estrategia de defensa más adecuada.
¿Qué pena tiene un delito de amenazas?
Las penas dependen del tipo concreto de amenaza y de las circunstancias.
Por ejemplo, el artículo 169 contempla diferentes penas para las amenazas condicionales y no condicionales, y establece además determinadas reglas cuando se realizan por escrito, teléfono o medios de comunicación.
No existe, por tanto, una única pena aplicable a cualquier amenaza.
Además, determinadas circunstancias familiares o relacionadas con la persona protegida pueden hacer necesario analizar otros preceptos del Código Penal.
¿Qué hacer si recibes amenazas por WhatsApp?
Si consideras que has recibido una amenaza que puede tener relevancia penal:
- No borres la conversación.
- Conserva los mensajes completos.
- Guarda capturas de pantalla.
- Conserva audios, fotografías o vídeos relacionados.
- Evita responder impulsivamente.
- Anota cuándo y en qué circunstancias se produjeron los hechos.
- Consulta con un abogado si necesitas valorar una denuncia.
La conservación adecuada de la información puede ser especialmente importante cuando los hechos se producen en medios digitales.
¿Y si la amenaza se produce durante una discusión?
El contexto es fundamental.
Una expresión realizada durante una discusión no debe analizarse de forma aislada. Es necesario valorar qué se dijo, cómo se dijo, qué ocurrió antes y después y si existían otros elementos que permitan determinar el significado y alcance de la expresión.
Por eso, una captura de pantalla de una única frase puede no reflejar necesariamente todo el contexto de una conversación.
Abogados especialistas en delitos de amenazas en Oviedo
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